10 de April de 2025
Pérdida de legitimidad de las elecciones

Décimo informe

I. Contexto

Desde el pasado 30 de marzo iniciaron las campañas dentro de la Elección Judicial, en un marco de reglas insuficientes sobre las que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral se pronunció en la víspera, aclarando, entre otras disposiciones, que no se encontraban permitidos los actos multitudinarios, sino que el ámbito de acción de las y los candidatos habrían de ser los encuentros personales y las redes sociales primordialmente, así como la difusión a través de propaganda impresa en papel.

No obstante, tales disposiciones se han vuelto prácticamente irrelevantes ante la oleada de actividades públicas que se realizan tratando de burlar la ley. El Tribunal Electoral determinó, por un lado, no sancionar los actos anticipados de campaña, y el día de ayer se pronunció, en una votación dividida, porque las personas servidoras públicas del Ejecutivo, Legislativo y Judicial, puedan promocionar la participación ciudadana en la elección, sin hacer referencia a ninguna candidatura en específico. Esta situación se torna preocupante, ya que durante las elecciones presidenciales de 2024 y en los ejercicios de revocación de mandato y consulta popular, la intervención ilegal del Ejecutivo fue evidente y puede convertirse en una vía para posicionar velada o directamente perfiles específicos.

Esa intervención gubernamental aunada a las situaciones anteriormente observadas rompe con la integridad electoral y con la equidad del proceso, acorde con instancias internacionales. De acuerdo con el Instituto para Transiciones Integradas (IFIT, por sus siglas en inglés), la elección judicial no cumple con los requisitos mínimos para la integridad electoral en el caso de elección de Altas Cortes: 

  • El proceso se ha caracterizado por su opacidad, desde convocatorias públicas poco claras, con la ausencia de evaluación técnica de méritos y trayectorias de las candidaturas, poca intervención de la ciudadanía y nula deliberación efectiva en el Congreso.

  • Un control político del proceso de selección de candidaturas, con un papel preponderante por parte del Senado, controlado por el oficialismo, lo que sugiere cooptación institucional.

  • La adopción de perfiles de candidaturas políticas, no provenientes de la judicatura, sin una trayectoria judicial sólida, sin méritos suficientes y sin experiencia reconocida en la materia.

  • La falta de mecanismos de rendición de cuentas que impiden la evaluación independiente de las candidaturas, y la imposibilidad práctica de impugnar las determinaciones de los Comités de Evaluación que se tradujo en un ineficiente acceso a la justicia y que desalientan la posibilidad de realizar una evaluación posterior de la calidad de la justicia tras la elección de la judicatura.

Inequidad en la contienda. Tras una criticada sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF, el INE se vio obligado a modificar los topes de gastos personales de campaña de las candidaturas, originalmente determinadas en 220 mil pesos, para todas las personas contendientes sin importar su cargo, para definir montos de hasta 1 millón 468 mil pesos para quienes aspiran a la SCJN. Esto, dada la imposibilidad del financiamiento público y privado, propicia que la cantidad de dinero que posean ciertas candidaturas genere inequidad sobre las otras.

Intervención gubernamental. Cabe destacar que esta regla no se definió para este proceso extraordinario, sino que resulta una disposición establecida en el artículo 134 constitucional desde hace casi dos décadas. Los servidores públicos de cualquiera de los tres niveles de gobierno deben aplicar con imparcialidad los recursos (humanos, materiales y financieros) que estén bajo su responsabilidad, en todo momento, pero especialmente sin influir en la equidad de la contienda electoral. Además, cualquier propaganda difundida, bajo cualquier modalidad de comunicación social, solo debe tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

A fin de llevar esta determinación a la práctica, el Consejo General del INE emitió el acuerdo por el cual se aprobaron los criterios que garantizan la equidad e imparcialidad en el desarrollo de las campañas de la Elección Judicial en el que se acata la norma constitucional. No obstante, una nueva interpretación de la Sala Superior redefine este concepto. Como Observatorio estaremos dando puntual seguimiento al principio de equidad en la contienda electoral y las intervenciones que desde los poderes de gobierno se den relacionados al proceso.

Impacto de las reglas. El Senado, en voz de la presidencia de su Mesa Directiva, calificó de “irresponsable y excesiva” la decisión del INE e impugnó tal disposición, junto con la Presidencia de la República, la Cámara de Diputados, una ministra de la SCJN en funciones que compite en la contienda, y el partido político Morena a través de su dirigencia partidista y de algunas personas legisladoras de sus grupos parlamentarios en el Congreso Federal. Desde el OEJ hacemos un llamado a las autoridades de los tres niveles de gobierno a que se conduzcan su actuación conforme a la ley, sin influir en la equidad de la contienda. Asimismo reiteramos que la presidencia del Senado debe abstenerse de emitir pronunciamientos denostando a las autoridades electorales que en nada abonan al buen desarrollo de los comicios. 

Todo lo anterior abona a una percepción de ilegitimidad, en la que las y los aspirantes a ministras, ministros, magistraturas y personas juzgadoras que se encuentran en campaña obtuvieron, en la mayoría de los casos, sus candidaturas por lealtades políticas más que por mérito, considerando que la elección no está siendo lo necesariamente imparcial que debiera y que, con ello, se comprometerá la independencia del Poder Judicial.

Por otro lado, hemos apreciado con particular interés que se han publicado algunos resultados de ejercicios demoscópicos realizados por casas encuestadoras sobre la elección judicial. Notamos con preocupación que la ciudadanía se encuentra en su mayoría poco o nada interesada en la elección, sin siquiera saber la fecha correcta o sin conocer los cargos a elección. Observamos con preocupación que la presidenta del Consejo General del INE pronosticó una participación que oscilaría entre el 8 y el 15% de la ciudadanía, porcentajes que se instalan cerca de los resultados de ejercicios democráticos anteriormente realizados 

Como Observatorio, hacemos un puntual llamado a la autoridad electoral a que despliegue las acciones necesarias para la promoción de la participación ciudadana. Asimismo, destacamos los esfuerzos que han emprendido desde algunos sectores para la promoción del voto informado:

El INE ha dispuesto de la plataforma en línea Conóceles en donde se pueden consultar los datos generales, medios de contacto, redes sociales, trayectoria académica, laboral y profesional, así como la visión de la función jurisdiccional y de la impartición de justicia y las principales propuestas de las personas candidatas. A la fecha, según datos de la propia plataforma, el 97.7% de las candidaturas han completado su información. 

Desde el Observatorio Electoral Judicial nos dedicamos a hacer una profunda investigación sobre las personas candidatas a los cargos nacionales, para lo cual elaboramos fichas personalizadas en donde mostramos los hallazgos obtenidos de la red sobre sus actividades públicas, con la idea de proporcionar a la ciudadanía interesada mayores elementos para tomar una mejor decisión. Se encuentran disponibles aquí. 

II. Hallazgos
  • Las candidaturas a la elección judicial carecen de la estructura de los partidos políticos que sostienen a las candidaturas en elecciones políticas, y al no poder recibir financiamiento público ni privado para el desarrollo de sus actividades, aunado a que la poca reglamentación existente permite solo el acceso a redes sociales y la difusión de propaganda impresa, sin eventos masivos. Ello obliga a la autoridad electoral a realizar un esfuerzo adicional para que la ciudadanía conozca las diferentes opciones de cargos por elegir y las candidaturas contendientes, a fin de contar con un voto informado. 

  • Las campañas de las personas candidatas, circunscritas al uso de redes sociales, se han limitado a realizar una superficial presentación de las y los contendientes pretendiendo viralizarse, favoreciendo con ello a quienes ya tienen una plataforma de visibilidad, como lo son quienes ostentan cargos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Según datos de la encuesta de El Financiero, 39% de las personas encuestadas votarían por personas que ya se encuentran en funciones, mientras que 34% aún no sabe por cuáles candidaturas votar; acorde con el mismo ejercicio, las personas afines a Morena son más proclives a participar (28%), mientras que quienes se identifican como opositores, irían a votar en un 25%.

  • De acuerdo con estándares internacionales, la elección judicial pierde legitimidad al carecer de mecanismos de transparencia, imparcialidad en el actuar de autoridades, previendo una mínima participación pública en la elección, y con candidaturas que no se ajustan a criterios meritocráticos y controles democráticos. Esto conduciría a una falta de confianza en el sistema electoral, en el Poder Judicial y, por ende, en la separación de poderes y el Estado de Derecho.

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