Tercer Informe
El 16 de octubre, el Senado emitió la convocatoria para que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial conformaran sus Comités de Evaluación. Estos están encargados de: emitir la Convocatoria abierta a la ciudadanía interesada en alguno de los cargos de la judicatura que serán sometidos a la elección popular de junio próximo; recibir los registros; revisar los expedientes; evaluar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales; y elaborar los listados de las personas candidatas que serán enviadas al Instituto Nacional Electoral para inscribirse en las boletas de la elección.
Cada uno de estos Comités —autónomos en su funcionamiento e integrados exclusivamente para esta elección— deben estar integrados por 5 personas. Estos son los requisitos que legalmente se exigieron a sus integrantes:
Reconocimiento en la actividad jurídica;
Contar con ciudadanía mexicana, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
No haber sido condenado por algún delito doloso;
Título de licenciatura en derecho, con 5 años de antigüedad, y 5 años de práctica profesional en la actividad jurídica;
No dirigir/haber dirigido un partido político en los últimos 3 años.
Una vez integrados, estos comités se instalaron de manera simultánea el 31 de octubre y tuvieron hasta el 4 de noviembre para emitir las Convocatorias a la ciudadanía, es decir, solamente 72 horas para completar esta fundamental tarea. En éstas, se estableció que el plazo para el registro de las personas interesadas concluía el 24 de noviembre.
Dado que cada uno de los Comités emitió su propia Convocatoria, y en un tiempo tan corto, no existió un estándar en cuanto al fondo y a la forma de los contenidos de las convocatorias. Cada Comité estableció diferentes metodologías y requisitos para la evaluación de la idoneidad de las y los aspirantes, pero los elementos que guardan en común las tres convocatorias son la copia del acta de nacimiento, copia de la credencial para votar y título o cédula profesional.
Respecto a la acreditación de calificaciones, el Poder Legislativo solicita un mínimo de 8 en la licenciatura y 9 en tres materias relacionadas con el cargo al que se aspira. Por su parte, la convocatoria del Poder Judicial hace un desglose detallado de materias y calificaciones.
Respecto a la actividad jurídica o práctica profesional, el Poder Judicial solicita la presentación de un curriculum vitae con requisitos específicos mientras que el Poder Legislativo solicita los documentos que acrediten dicha actividad, por ejemplo, nombramientos, recibos de nóminas, expedientes en los que exista su participación, etc. Finalmente, para constatar la residencia en el país, el Poder Judicial requiere simplemente una credencial de elector que lo acredite, mientras que el Legislativo solicita una constancia expedida por la autoridad competente en el lugar de residencia.
Es importante señalar que la convocatoria del Ejecutivo se limita a señalar los cargos que se elegirán y la manera en que se acreditarán los requisitos constitucionales y legales. Sin embargo, carece de la metodología de evaluación de elegibilidad; se limita a considerar —sin parámetros públicos definidos— la probidad, honestidad, antecedentes personales, historial académico, experiencia profesional y curricular. Tampoco se establecen los criterios para evaluar el ensayo requerido. Para todo lo anterior, el Comité estableció el requisito de una entrevista con las y los aspirantes sin mencionar fechas o modalidad.
El Comité del Legislativo estableció una metodología basada en la asignación de puntaje en función de una escala de 0 a 100, ponderando un máximo de 40 puntos a los méritos académicos, 30 a los méritos de experiencia profesional y 30 a la honestidad y buena fama pública. Las personas que alcancen un puntaje de mínimo 80 avanzarán a la etapa de entrevista. No obstante, no se define el valor de cada mérito; la asignación de puntos queda al libre criterio del Comité.
Por su parte, el Comité del Judicial emitió una convocatoria con una metodología más desarrollada que asigna puntajes específicos a la actividad académica, profesional, de docencia, investigación y la experiencia profesional en función de la antigüedad de cada aspirante. Es importante mencionar que el Comité del Poder Judicial es el único que establece un examen escrito de conocimientos para acreditar la idoneidad técnica de las y los aspirantes.
Indefinición de requisitos a cumplir para integran los Comités Evaluadores. El decreto de reforma constitucional no profundizó en los requisitos para las personas integrantes del Comité. La reforma a la LGIPE deja a reserva de cada Poder la discrecionalidad de conformarlo con perfiles políticos afines. Así ha sucedido en los Poderes Ejecutivo y Legislativo. En el caso del Poder Judicial, la conformación fue producto de varias rondas de votación de las y los integrantes del Pleno de la SCJN, es decir, su integración fue un acuerdo colegiado. Es fundamental que existan requisitos que garanticen la probidad, experiencia, conocimiento e imparcialidad de quienes integren los comités. Su falta convierte la conformación de los Comités en un hecho arbitrario y discrecional.
Falta de transparencia en la conformación de los Comités Evaluadores. Vemos con preocupación la falta de transparencia en la etapa de integración de los Comités de Evaluación. Solamente el Poder Judicial hizo públicas sus reglas para la integración de su Comité y, posteriormente, dicho Comité hizo públicas sus reglas de operación. Esta situación de opacidad no abona a la definición constitucional de un procedimiento equitativo y abierto a la ciudadanía.
Parcialidad de algunos integrantes de los Comités Evaluadores. Sobre los perfiles que integran los Comités es importante resaltar que tanto en el Poder Legislativo como en el Poder Ejecutivo se integraron personas con claros vínculos partidistas. Entre ellos destacan Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Mary Cruz Cortés Ornelas, y Andrés Norberto García Repper. Anexo a este documento se encuentra un análisis detallado de los perfiles.
Falta de rigor en el contenido de las convocatorias. El proceso de evaluación de los perfiles que van a contender por un cargo judicial es fundamental para garantizar un Poder Judicial autónomo e independiente. Por ello, consideramos que el contenido de las convocatorias y los criterios para la selección son de máxima importancia. Sin embargo, la falta de tiempo para trabajar y publicar los detalles de la Convocatoria fue un obstáculo para su correcto desarrollo. Ésta es un área de oportunidad para futuras reformas en torno a la elección judicial.
Ausencia de una metodología común para la evaluación de los diferentes perfiles. La falta de una metodología estandarizada para el proceso de evaluación de las y los aspirantes en cada uno de los Comités prende las alarmas sobre la discrecionalidad y falta de transparencia que pueda darse durante esta etapa. No queda del todo claro el procedimiento que se va a seguir para cada paso del proceso de evaluación ni que, efectivamente, los mejores perfiles pasen a las siguientes etapas.
Tanto la afinidad de algunos integrantes de Comités como la falta de una metodología estandarizada abundan sobre las irregularidades de esta etapa del proceso. La elección de cargos judiciales pasa desde el inicio por un proceso alejado de las reglas mínimas de integridad electoral.
Comité Evaluador del Poder Ejecutivo
Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea. Licenciado en Derecho por la Escuela Libre de Derecho. Maestro y Doctor en Derecho por la UNAM. Abogado postulante y catedrático universitario. Fue ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 2009 a 2023, cargo al que renunció anticipadamente. Actualmente se desempeña como Coordinador General de Política y Gobierno de la Oficina de la Presidencia de la República.
Victoria Vanessa Romero Rocha. Licenciada y Maestra en Derecho por la Escuela Libre de Derecho y una maestría en Derecho por el University College London. Asesora en Derechos Humanos y voluntaria educativa. Fue integrante del Grupo de Trabajo sobre inclusión, género y cultura de la paz de la ELD, e integrante del Comité Técnico de Evaluación para el otorgamiento de apoyos por parte del Fondo de Apoyo a la Observación 2024 ante el INE y el IIDH.
Isabel Inés Romero Cruz. Licenciada en Derecho por la Universidad Veracruzana. Jueza de primera instancia en el estado de Veracruz. Magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del estado de Veracruz. Magistrada Presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Veracruz desde 2020.
Javier Quijano Baz. Licenciado en Derecho, Maestro en Derecho Privado y Doctor en Derecho por la UNAM. Profesor universitario. Presidente de la Barra Mexicana de Abogados. Diputado a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México. Vicepresidente de la Comisión del Poder Judicial. Abogado litigante. Actualmente es socio del despacho Quijano, Cortina y de la Torre.
Mary Cruz Cortés Ornelas. Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Tlaxcala y Maestra en Derecho Electoral por la Universidad del Valle de Tlaxcala. Ha sido Directora Jurídica de la Secretaría de Seguridad Pública estatal, Directora de Prevención y Reinserción Social y vocera del Nuevo Sistema de Justicia Penal Tlaxcala, entre otros. Es presidenta de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Tlaxcala
Comité Evaluador del Poder Legislativo
Ana Patricia Briseño Torres. Maestra en Derecho Electoral por la Universidad Durango Santander con especialidad en Justicia Electoral en el Centro de Capacitación Judicial Electoral del TEPJF. Se ha desempeñado como Consejera Electoral del Instituto Estatal Electoral de Sonora y Directora Ejecutiva de Organización y Logística Electoral del Consejo Estatal Electoral del mismo estado, así como Comisionada Presidenta del Instituto Sonorense de Transparencia.
Maday Merino Damián. Doctora en Derecho Público con un primer periodo de estudios posdoctoral en Derechos Humanos y Democracia. Es integrante del Cuerpo Académico de Procesos Económicos, Políticos y Sociales, así como Profesora Investigadora de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco. Fue Consejera Electoral del INE por el 06 Distrito Electoral y la primera mujer consejera Presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.
María Gabriela Sánchez. Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa. Se ha desempeñado como Magistrada Séptima del Supremo Tribunal de Justicia de Sinaloa, así como escribiente y secretaria segunda adscrita al Juzgado Cuarto Penal del Distrito Judicial de Culiacán. Tiene una carrera judicial de 28 años.
Andrés Norberto García Repper. Licenciado en Derecho por la UAM Azcapotzalco con Diploma a la Investigación por su proyecto terminal de investigación sobre el TEPJF. Ha sido asesor del Fiscal Especializado en Materia Electoral de la FGR y representante de Morena ante el Instituto Electoral de Tamaulipas y el Consejo local del INE en ese estado.
Maribel Concepción Méndez de Lara. Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Zacatecas, con Maestría en Gestión Pública por el CIDE. Doctoranda en Administración del Poder Judicial en la Escuela del Poder Judicial de la CDMX. Entre otros cargos, fue nombrada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión como Magistrada Numeraria del Tribunal Superior Agrario y en 2020 electa Magistrada Presidenta de dicho Tribunal. Es Miembro del Foro Internacional de Mujeres.
Comité Evaluador del Poder Judicial.
Emma Mesa Fonseca. Licenciada en Derecho por la UNAM y Maestra en Derecho Procesal Penal por el Instituto de Estudios Superiores en Derecho Penal. Se ha desempeñado, entre otros, como Secretaria de Juzgado de Distrito y de Tribunal Colegiado de Circuito, Secretaria de Estudio y Cuenta en la SCJN, Jueza de Distrito en materia Penal y Magistrada de Circuito en el Pleno Regional en materias Penal y del Trabajo de la región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.
Luis Enrique Pereda Trejo. Licenciado en Derecho por el ITAM, Master in Law por la Universidad de California en Davis y Doctor en Derecho por el IIJ-UNAM. Ha sido asesor en la Fundación Miguel Estrada Iturbide, Coordinador de Asesores en la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública, así como Secretario Particular de la Titular de la SEDESOL en 2006. Es miembro del consejo directivo de la Barra Mexicana y del Colegio de Abogados.
Mónica González Contró. Licenciada en Derecho por el ITAM y Doctora en Derechos Fundamentales por la Universidad Autónoma de Madrid. Integrante del Sistema Nacional de Investigadores Nivel II. En la Facultad de Derecho de la UNAM es profesora de asignatura, además de coordinadora del Diplomado sobre el Derecho a la No Discriminación. Es Directora del IIJ-UNAM y Abogada General de la misma Universidad.
Wilfrido Castañón León. Licenciado en Derecho por la UNAM y Maestro en Derecho Civil y Familiar por la Universitat Autónoma de Barcelona. Se ha desempeñado como Oficial Judicial del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, Magistrado Presidente y Fundador del Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, entre otros. Actualmente es Magistrado del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.
Emilia Molina de la Puente. Maestra en Derechos Humanos y Democracia por la FLACSO y Doctora en Derecho Judicial por el Instituto de Investigación y Estudios Atenea. Se ha desempeñado como Juez de Distrito adscrita al Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Civil y de Trabajo en Jalisco y al Juzgado Octavo de Distrito del Centro Auxiliar de la Quinta Región en Mazatlán. Es Presidenta de la Asociación Mexicana de Juzgadoras y Magistrada de Circuito.